Condiciones generales de venta
Última actualización: 08/12/2022
Carmel Cosmetics Labs es una Sociedad de Responsabilidad Limitada de derecho marroquí con un capital social de 1.000.000 DHS, inscrita en el Registro de Comercio y Sociedades de Agadir con el número 25081 y con domicilio social en B1006 ZI Ait Melloul (el «Vendedor»).
ARTÍCULO 1 – ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETO
1.1. Objeto y alcance. Las presentes Condiciones Generales de Venta y de Fabricación a Terceros (en adelante, las «CGV») definen los derechos y obligaciones de las partes en el marco de la venta de productos cosméticos, de prestaciones de servicios, de desarrollo (I+D), de fabricación a terceros (marca propia, Private Label) y de venta en marca blanca (White Label) realizadas por la sociedad CARMEL COSMETICS LABS (en adelante, el «Laboratorio») en beneficio de cualquier comprador profesional (en adelante, el «Cliente»), ya esté establecido en Marruecos o en el extranjero.
1.2. Base de la negociación comercial. Conforme a los usos del comercio y al derecho mercantil, las presentes CGV constituyen la base única de la negociación comercial. Se aplican sin restricción ni reserva a todos los pedidos realizados al Laboratorio, con independencia de las cláusulas que puedan figurar en los documentos del Cliente y, en particular, en sus condiciones generales de compra (CGC).
1.3. Primacía y documentos contractuales. En caso de contradicción, la jerarquía de los documentos contractuales es la siguiente, por orden de prioridad decreciente:
- El Contrato de Fabricación a Terceros o el Presupuesto específico firmado por ambas partes (Condiciones Particulares).
- Las presentes CGV.
- El Pliego de Condiciones técnico validado.
En consecuencia, el hecho de que el Cliente realice un pedido implica su adhesión plena y sin reservas a las presentes CGV, con exclusión de cualquier otro documento procedente del Cliente que no haya sido expresamente refrendado por el Laboratorio. El hecho de que el Laboratorio no invoque en un momento dado alguna de las presentes CGV no podrá interpretarse como una renuncia a invocarla posteriormente.
ARTÍCULO 2 – CARACTERÍSTICAS, TOLERANCIAS Y CONFORMIDAD REGLAMENTARIA
2.1. Definición de los Productos y Pliego de Condiciones. Las características esenciales de los Productos se definen:
- Para los productos de "Marca Blanca": mediante las Fichas Técnicas Estándar del Laboratorio vigentes en la fecha del pedido.
- Para los productos de "Marca Propia" (Private Label, fabricación a terceros): mediante el Pliego de Condiciones (PC) y/o la fórmula validada conjuntamente por el Cliente y el Laboratorio. Las fotografías, representaciones gráficas o descripciones de marketing que figuran en el sitio web o en los folletos del Laboratorio se comunican a título indicativo y carecen de valor contractual. Solo las especificaciones fisicoquímicas y organolépticas que figuran en la Ficha Técnica o en el PC comprometen al Laboratorio.
2.2. Especificidad de las materias naturales (cláusula de tolerancia). El Cliente reconoce y acepta que el uso de materias primas de origen natural, vegetal o mineral puede ocasionar ligeras variaciones de un lote de producción a otro (matiz de color, textura, percepción olfativa). Estas variaciones, inherentes a la naturaleza de los ingredientes, no constituyen defectos de conformidad y no pueden justificar ni el rechazo de la mercancía ni una solicitud de reembolso, siempre que el Producto siga siendo conforme a las especificaciones fisicoquímicas (pH, viscosidad, densidad) definidas en el Pliego de Condiciones.
2.3. Conformidad reglamentaria y registro (DMP). El Laboratorio garantiza que los Productos se fabrican conforme a las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF / ISO 22716) y a la normativa cosmética marroquí vigente.
No obstante, en su calidad de distribuidor y titular de la marca, el Cliente asume la plena responsabilidad de la comercialización de los Productos ("Persona Responsable"). A este respecto:
- Para Marruecos: el Cliente se compromete expresamente a efectuar el registro obligatorio de los productos ante la DMP (Dirección del Medicamento y de la Farmacia) antes de cualquier comercialización, conforme a la ley 17-04 y al Código del Medicamento y de la Farmacia. El Laboratorio facilitará los elementos técnicos del expediente de información del producto (PIF) necesarios para este trámite.
- Para la exportación: corresponde al Cliente verificar la conformidad de las fórmulas y del etiquetado con la legislación del país de destino y efectuar los registros locales (p. ej., portal CPNP para Europa, FDA para Estados Unidos).
El Laboratorio declina toda responsabilidad en caso de incautación, multa o retirada del mercado debida a la falta de registro o a la no conformidad reglamentaria de las alegaciones de marketing añadidas por el Cliente.
2.4. Modificación y evolución. El Laboratorio se reserva el derecho de modificar en cualquier momento la composición de los Productos para adaptarse a un cambio de la legislación (p. ej., prohibición de un conservante por la DMP o la UE) o para mejorar la calidad del Producto.
ARTÍCULO 3 – PEDIDOS, VALIDACIÓN Y AUSENCIA DE DESISTIMIENTO
3.1. Formación del contrato e inicio. Todo pedido de Productos o de prestaciones de fabricación a terceros es objeto de un Presupuesto previo. El contrato solo se forma y el pedido solo pasa a ser firme y definitivo ("Pedido Confirmado") cuando se cumple una de las dos condiciones siguientes:
- Validación administrativa: firma del Presupuesto por el Cliente con la mención "Conforme".
- Validación financiera: cobro efectivo en la cuenta bancaria del Laboratorio del anticipo previsto (generalmente el 70% del importe total con impuestos).
El Laboratorio no iniciará ningún desarrollo, ningún aprovisionamiento ni ninguna producción mientras el anticipo no haya sido cobrado.
3.2. Validación técnica (prueba de producto y de packaging). Antes de la producción industrial, el Laboratorio puede someter al Cliente muestras de fórmula y/o pruebas de impresión de las etiquetas y envases.
- Efecto de la validación: la validación de estos elementos por el Cliente (mensaje de WhatsApp, correo electrónico, etc.) supone la aceptación irrevocable de las características organolépticas (textura, olor, color) y del diseño gráfico.
- Responsabilidad: una vez validada la prueba, no se admitirá ninguna reclamación relativa a elementos conformes a la muestra o al archivo validado. El Cliente es el único responsable de los errores (textos, faltas de ortografía, elección de colores) que no haya corregido durante la validación.
3.3. DESISTIMIENTO. Al contratar en calidad de profesional, el Cliente reconoce expresamente que no dispone de ningún derecho de desistimiento. En consecuencia, todo pedido validado y todo anticipo abonado quedan definitiva e íntegramente adquiridos por el Laboratorio.
El Cliente acepta esta política estricta de no reembolso, basada en las siguientes realidades industriales:
- La validación del pedido genera inmediatamente gastos ineludibles para el Laboratorio (reserva de franjas de I+D, estudios de estabilidad, abastecimiento y compra de materias primas específicas, movilización de los equipos de diseño).
- El anticipo abonado constituye asimismo la contrapartida parcial de los gastos de desarrollo (valor fijo de 10.000 € por referencia), comprometidos desde el primer día.
3.4. Anulación e insatisfacción subjetiva. No se admitirá ninguna solicitud de anulación o de reembolso, total o parcial, sea cual sea el motivo invocado por el Cliente, en particular:
- Cambio de estrategia comercial o dificultades financieras del Cliente.
- Abandono del proyecto.
- Insatisfacción subjetiva: dado que el Laboratorio está sujeto a una obligación de medios (y no de resultado artístico), el hecho de que el Cliente no esté "satisfecho" con las propuestas de diseño o de fórmula, cuando el Laboratorio ha realizado un trabajo conforme a las reglas del oficio, no constituye un motivo válido de anulación ni de reembolso.
3.5. Consecuencias de la anulación. En caso de intento de anulación por parte del Cliente tras la confirmación del pedido:
- Si la producción no ha comenzado: el Laboratorio conserva la totalidad del anticipo abonado en concepto de indemnización contractual y de remuneración de los gastos de estudio ya comprometidos.
- Si la producción ha comenzado o se han comprado las materias específicas: el Cliente sigue adeudando el 100 % (cien por cien) del importe total del pedido con impuestos. El Laboratorio podrá exigir el pago del saldo por todas las vías legales.
En el supuesto excepcional de que el Laboratorio aceptara, a su entera discreción y a título puramente comercial, apartarse de su política de no reembolso, se acuerda expresamente que toda restitución de importes se efectuará exclusivamente en forma de NOTA DE CRÉDITO aplicable a un próximo pedido (válida durante doce meses). Nunca se efectuará ningún reembolso en efectivo, por transferencia bancaria ni por cheque. El Cliente renuncia expresamente a exigir un reembolso financiero, al constituir la nota de crédito el único medio de pago liberatorio para el Laboratorio.
ARTÍCULO 4 – PROCESO DE DESARROLLO Y AUTORIDAD TÉCNICA
4.1. Jerarquía contractual (cláusula fundamental). Las partes acuerdan expresamente que la base contractual del pedido está constituida únicamente por el Presupuesto validado y por las presentes Condiciones Generales (CGV). Los documentos anexos intercambiados en la fase de proyecto, como los "Formularios de Desarrollo", las "Fichas de Diseño" o los briefs de marketing, son herramientas de comunicación funcionales destinadas a orientar el trabajo del Laboratorio. No tienen un valor contractual superior al del Presupuesto. En caso de discrepancia entre una indicación manuscrita del Cliente en un formulario y las especificaciones técnicas adoptadas por el Laboratorio para garantizar la viabilidad del producto, prevalecen el Presupuesto y la pericia del Laboratorio.
4.2. Función de experto y margen técnico. En su calidad de especialista industrial, el Laboratorio está sujeto a una obligación de medios para alcanzar el objetivo cosmético deseado por el Cliente. El Cliente reconoce al Laboratorio, como experto, pleno margen y autoridad técnica para:
- Ajustar, modificar u optimizar la fórmula (ingredientes, conservantes, texturizantes) respecto a los deseos expresados en los formularios, con el fin de asegurar la estabilidad, la seguridad o la conformidad reglamentaria del Producto.
- Adaptar los elementos de diseño (maquetación, limitaciones de impresión) para garantizar la legibilidad y la conformidad con las normas de etiquetado.
Estos ajustes técnicos, necesarios para la correcta ejecución de la obra, no podrán constituir un motivo de reclamación por parte del Cliente siempre que se respeten el objetivo global y la calidad del Producto terminado.
4.3. Responsabilidad sobre los contenidos facilitados. El Cliente es el único responsable de la exactitud de la información que introduce en los formularios (nombre de marca, textos de marketing, códigos de color, direcciones). El Laboratorio ejecuta el trabajo sobre la base de estos datos, pero no podrá ser considerado responsable de los errores de introducción, omisiones o elecciones estéticas discutibles realizadas por el Cliente en dichos formularios.
ARTÍCULO 5 – CONDICIONES TARIFARIAS Y PAGO
5.1. Precios. Los Productos se venden a las tarifas que figuran en el Presupuesto validado por el Cliente. Los precios se expresan en dírhams marroquíes (MAD), euros (€) o dólares estadounidenses ($) según la divisa elegida en el presupuesto, y se entienden sin impuestos y sin gastos de transporte (en fábrica, Ex-Works), salvo indicación contraria explícita (p. ej., DAP o CIF).
5.2. Condiciones de pago. Salvo condiciones particulares especificadas en el Presupuesto, el pago de los pedidos se efectúa según el siguiente calendario:
- Anticipo del 70 % (setenta por ciento) del importe total con impuestos en la validación del pedido. Este anticipo pone en marcha el proceso de desarrollo, las compras de materias primas y la planificación de la producción.
- Saldo del 30 % (treinta por ciento) antes del envío de las mercancías o de su puesta a disposición en la fábrica.
5.3. Retrasos de pago y suspensión. No se iniciará ninguna producción sin el cobro efectivo del anticipo del 70%. Del mismo modo, ninguna mercancía saldrá de los almacenes del Laboratorio sin el pago íntegro del saldo. El Laboratorio se reserva el derecho de suspender la ejecución del pedido y de retener las mercancías en caso de retraso en el pago, sin que ello pueda dar lugar a penalizaciones por retraso a cargo del Laboratorio.
5.4. Evolución de las tarifas. Los precios del Presupuesto son firmes durante su periodo de validez (7 días). Transcurrido dicho periodo, o en el marco de pedidos recurrentes (reposiciones), el Laboratorio se reserva el derecho de revisar sus tarifas en cualquier momento, en particular en caso de variación significativa del coste de las materias primas, de los envases o de los tipos de cambio. Las nuevas tarifas se comunicarán al Cliente antes de cualquier nueva validación de pedido.
5.5. Revisión de precios tras modificaciones técnicas. El Laboratorio se reserva el derecho de revisar el precio unitario de los Productos o el importe global del pedido en caso de modificación solicitada por el Cliente durante el proyecto, que afecte en particular a:
- La fórmula (cambio de ingredientes, de concentración).
- El envase primario (cambio de frasco, tarro, bomba).
- El envase secundario (adición o modificación de estuche, de calzo).
- Las etiquetas (cambio de material, de acabado, de dimensiones).
Todo sobrecoste generado por estas modificaciones (gastos de ajuste de máquina, pérdida de materias, tiempo de mano de obra adicional, nuevas compras) se facturará al Cliente. Bloqueo de mercancía: en caso de sobrecoste validado, el pedido solo podrá liberarse y enviarse tras el pago íntegro de los remanentes o facturas complementarias relativos a las prestaciones modificadas.
ARTÍCULO 6 – ENTREGA, ALMACENAMIENTO Y EXPORTACIÓN
6.1. Puesta a disposición y plazos. La entrega se considera efectuada desde la puesta a disposición de las mercancías en la fábrica del Laboratorio (Incoterm EX-WORKS, Agadir). Los plazos de entrega comunicados se dan a título indicativo y dependen de la disponibilidad de las materias primas y de los ciclos de producción. Un retraso razonable no puede justificar la anulación del pedido ni la aplicación de penalizaciones.
6.2. Gastos de almacenamiento y retirada (cláusula de almacenaje). El Cliente está obligado a retirar las mercancías en un periodo máximo de quince (15) días naturales siguientes al aviso de puesta a disposición.
- Periodo de gracia: el almacenamiento es gratuito durante esos quince primeros días.
- Penalizaciones de almacenamiento: superado dicho periodo, y sea cual sea el motivo del retraso (incluidos problemas con el transportista del Cliente), el Laboratorio facturará gastos de almacenamiento y custodia por un importe fijo de 200 MAD (o 20 EUR / 20 USD) por día natural de retraso. El pago de estos gastos de almacenamiento es una condición previa a la entrega de la mercancía. Transcurridos noventa días sin retirada, el Laboratorio podrá disponer de las mercancías, sin reembolso de los importes pagados.
6.3. Especificidades de la exportación: gastos de tránsito obligatorios. En el marco de una venta para la exportación (fuera de Marruecos), aunque el Incoterm sea EX-WORKS (transporte a cargo del Cliente), el Cliente tiene la obligación de abonar los Gastos de Tránsito facturados por el Laboratorio. Esta prestación es obligatoria para asegurar el control de la declaración aduanera de exportación. Permite al Laboratorio garantizar la correcta ejecución de los trámites de la aduana marroquí y obtener los justificantes legales de exportación (DUM) necesarios para su exención del IVA. El Cliente no puede eludirla, aunque disponga de su propio transitario para el transporte internacional.
6.4. Transmisión de riesgos. Sin perjuicio de la cláusula de reserva de dominio, los riesgos de pérdida o deterioro de los bienes se transmiten al Cliente desde la puesta a disposición en la fábrica o la entrega al primer transportista. Corresponde al Cliente contratar un seguro que cubra el transporte.
ARTÍCULO 7 – RESERVA DE DOMINIO Y TRANSMISIÓN DE RIESGOS
7.1. Cláusula de reserva de dominio (Ley 15-95 por la que se aprueba el Código de Comercio). La transmisión de la propiedad de los Productos queda expresamente suspendida hasta el pago íntegro y efectivo del precio en principal y accesorios (impuestos, gastos de tránsito, eventuales intereses de demora).
- Noción de pago: no constituye un pago en el sentido de esta cláusula la entrega de un título que cree una obligación de pagar (letra de cambio, cheque no cobrado). Solo el cobro efectivo de los fondos en la cuenta bancaria del Laboratorio produce la transmisión de la propiedad.
- Autorización de reventa y subrogación: el Cliente está autorizado, en el marco de la explotación normal de su actividad, a revender los Productos entregados. No obstante, cede entonces al Laboratorio, hasta el importe de su deuda, todos los créditos nacidos a su favor de la reventa a terceros adquirentes (subrogación de crédito). En caso de impago, el Laboratorio podrá reclamar el precio directamente a los clientes finales del Cliente.
- Prohibiciones: en cambio, el Cliente se prohíbe formalmente pignorar las mercancías o transmitir su propiedad a título de garantía.
7.2. Acción reivindicatoria y restitución. En caso de impago total o parcial al vencimiento, el Laboratorio podrá, sin requerimiento previo, exigir mediante carta certificada la restitución de los Productos a cargo y riesgo del Cliente.
- Cláusula penal de restitución: si el Laboratorio debe recuperar las mercancías, los anticipos ya abonados quedarán adquiridos por el Laboratorio en concepto de daños y perjuicios para compensar la depreciación de la mercancía y el perjuicio comercial (ruptura del contrato).
- Identificación (regla FIFO): se presume que las mercancías en stock en poder del Cliente son las impagadas. Todo producto de la misma referencia y de la misma calidad hallado en los locales del Cliente se imputará con prioridad al pago del crédito del Laboratorio según la regla "Primero en Entrar, Primero en Salir".
7.3. Salvaguarda y procedimientos colectivos. En caso de embargo, de apertura de un procedimiento de salvaguarda, de reorganización o de liquidación judicial del Cliente, este se compromete a:
- Avisar inmediatamente al Laboratorio para permitirle ejercer su derecho de reivindicación.
- Elaborar sin demora un inventario de los Productos en su poder cuya propiedad corresponda al Laboratorio.
- Informar a los órganos del procedimiento (síndico) de la existencia de la presente cláusula de reserva de dominio.
7.4. Transmisión de riesgos (independencia respecto a la propiedad). Importante: la transmisión de riesgos se produce con independencia de la transmisión de la propiedad. Conforme al Incoterm EX-WORKS (en fábrica), los riesgos de pérdida, robo, deterioro o daño causados a los Productos o por los Productos se transmiten al Cliente desde su puesta a disposición en los locales del Laboratorio o desde su entrega al primer transportista (aunque este último haya sido mandatado por el Laboratorio). En consecuencia:
- El Cliente asume en exclusiva la responsabilidad de los daños sufridos durante el transporte, la carga y la descarga.
- El Cliente se compromete a contratar un seguro "Ad Valorem" que cubra las mercancías por su valor total desde la transmisión de los riesgos, aunque todavía no sea su propietario. La falta de seguro no podrá comprometer la responsabilidad del Laboratorio.
ARTÍCULO 8 – RECEPCIÓN, GARANTÍA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD
8.1. Recepción y vicios aparentes (periodo corto). Corresponde al Cliente verificar el estado, la cantidad y la conformidad de los Productos desde su recepción (o su retirada en la fábrica). Toda reclamación relativa a vicios aparentes (productos faltantes, roturas, error de etiquetado visible, cajas dañadas) debe formularse por escrito (correo electrónico con fotos de apoyo) en un periodo de tres (3) días hábiles siguientes a la recepción. Transcurrido dicho periodo, los Productos se considerarán conformes y aceptados sin reservas, y ya no se admitirá ninguna reclamación de este tipo.
8.2. Garantía por vicios ocultos y control de calidad. El Laboratorio garantiza la conformidad de los Productos con la fórmula validada y con las normas de higiene vigentes (microbiología). En caso de reclamación sobre la calidad intrínseca del producto (textura, olor, estabilidad) que surja después de esos tres días (vicio oculto):
- Procedimiento de la muestra testigo (cláusula probatoria): para cada lote fabricado, el Laboratorio conserva muestras testigo en su muestroteca, almacenadas en condiciones normalizadas. En caso de litigio, el análisis de la muestra testigo del Laboratorio dará fe.
- Si la muestra testigo presenta el mismo defecto: el Laboratorio reconoce su responsabilidad.
- Si la muestra testigo es conforme: se presume que el defecto procede de las condiciones de almacenamiento o de transporte del Cliente, y la garantía queda excluida.
8.3. Exclusiones de garantía. La garantía del Laboratorio queda estrictamente excluida en los siguientes casos:
- Almacenamiento inadecuado: alteración de los productos debida a un almacenamiento por parte del Cliente no conforme a las recomendaciones (exposición a calor > 25°C, humedad, luz directa, heladas).
- Transporte: daños sufridos durante el transporte (roturas, derrames debidos al calor en camiones o contenedores), al correr los riesgos a cargo del Cliente (Incoterm EX-WORKS).
- Modificación: si el Cliente o un tercero ha reacondicionado, mezclado o modificado el Producto.
- Productos no vendidos: no se aceptará ninguna devolución de mercancía por motivo de malas ventas o de rotación insuficiente de las existencias del Cliente.
8.4. Modalidades de aplicación. En caso de defecto probado y reconocido por el Laboratorio:
- La garantía se limita estrictamente, a elección del Laboratorio, a la sustitución de los productos defectuosos por otros idénticos (dentro del límite de las existencias disponibles) o a la emisión de una nota de crédito por el importe de los productos afectados.
- Se excluye toda noción de "reparación" dada la naturaleza de los bienes.
- Los gastos de devolución solo corren a cargo del Laboratorio si su responsabilidad ha sido reconocida previamente por escrito.
8.5. Limitación de responsabilidad (tope). La responsabilidad civil del Laboratorio, por cualquier causa (salvo culpa grave o dolo), se limita expresamente al importe sin impuestos del pedido que haya generado el daño. En ningún caso el Laboratorio estará obligado a indemnizar los daños inmateriales o indirectos, tales como: pérdida de explotación, lucro cesante, pérdida de oportunidad, daño a la imagen de marca del Cliente o gastos de retirada del mercado (salvo si la retirada es ordenada por las autoridades sanitarias por una causa imputable a la fabricación).
ARTÍCULO 9 – FUERZA MAYOR Y EXONERACIÓN
9.1. Definición y suspensión. No podrá exigirse responsabilidad al Laboratorio si el incumplimiento o el retraso en el cumplimiento de alguna de sus obligaciones se deriva de un caso de fuerza mayor. Se consideran casos de fuerza mayor, además de los habitualmente admitidos por la jurisprudencia de los juzgados y tribunales marroquíes:
- Las huelgas totales o parciales (internas o externas), cierres patronales, inclemencias meteorológicas, epidemias, bloqueo de los medios de transporte o de aprovisionamiento.
- Específico de la cosmética: la escasez mundial o local de materias primas vegetales (mala cosecha), de componentes de envase, o el retraso en las entregas de los proveedores impuestos por el Cliente.
- Los cambios reglamentarios repentinos procedentes de la DMP o de las aduanas que impidan la producción o la exportación.
9.2. Efectos. Un acontecimiento de este tipo suspende la ejecución de las obligaciones contractuales. Si el impedimento se prolonga más de cuarenta y cinco días, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato de pleno derecho, sin que ninguna de ellas deba indemnización alguna.
ARTÍCULO 10 – LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y PRESCRIPCIÓN
10.1. Exclusión de los daños indirectos. En cualquier caso, la responsabilidad del Laboratorio se limita estrictamente a los daños materiales directos. Quedan expresamente excluidos de toda indemnización los daños inmateriales o indirectos, tales como:
- Pérdida de explotación, pérdida de beneficios, lucro cesante.
- Perjuicio a la imagen o a la reputación de la marca del Cliente.
- Gastos en que incurra el Cliente por una retirada de producto (salvo requerimiento sanitario debido a una falta probada del Laboratorio).
- Penalizaciones por retraso que los clientes del Cliente (p. ej., la gran distribución) pudieran imponerle.
10.2. Tope de responsabilidad. Si la responsabilidad pecuniaria del Laboratorio llegara a ser reconocida judicialmente, el importe total de las indemnizaciones a su cargo no podrá en ningún caso superar el importe sin impuestos del pedido que haya originado el litigio.
10.3. Conformidad en la exportación. Se garantiza que los Productos cumplen la normativa marroquí vigente. En caso de exportación, el Laboratorio no podrá ser considerado responsable del incumplimiento de la legislación del país de destino (prohibición de un ingrediente, normas de etiquetado específicas). Corresponde al Cliente, en su calidad de exportador o importador, verificar estas conformidades locales.
10.4. Prescripción abreviada. Como excepción a las disposiciones legales, las partes acuerdan que toda acción judicial del Cliente contra el Laboratorio deberá ejercitarse obligatoriamente en el periodo de un (1) año siguiente a la fecha de entrega de los productos objeto del litigio. Transcurrido dicho periodo, toda acción quedará prescrita y será inadmisible.
ARTÍCULO 11 – PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD
11.1. Derechos del Laboratorio. El Laboratorio conserva la plena propiedad intelectual de sus conocimientos técnicos, procesos de fabricación y fórmulas. El pago del precio por el Cliente no implica ninguna transmisión de propiedad intelectual sobre estos elementos, sino únicamente un derecho de uso y de reventa de los productos físicos. Todo intento de "ingeniería inversa" (análisis para copia) de la fórmula por parte del Cliente está estrictamente prohibido y constituirá una falta grave.
11.2. Derechos del Cliente. El Cliente sigue siendo el único propietario de sus marcas, logotipos y de los elementos gráficos que aporta para el etiquetado. Garantiza al Laboratorio que posee todos los derechos sobre dichos elementos y lo mantiene indemne frente a cualquier acción por infracción procedente de terceros.
11.3. Confidencialidad. Cada parte se compromete a mantener estrictamente confidencial la información técnica, comercial y financiera recibida de la otra parte durante la ejecución del contrato, y ello durante un periodo de 5 años tras el fin de las relaciones comerciales.
ARTÍCULO 12 – PROTECCIÓN DE DATOS (LEY 09-08)
Conforme a la ley 09-08 relativa a la protección de las personas físicas respecto al tratamiento de datos de carácter personal, el Cliente dispone de un derecho de acceso, rectificación y oposición respecto a los datos que le conciernen. Estos datos son tratados por el Laboratorio únicamente para la gestión de los pedidos y la facturación.
ARTÍCULO 13 – INDEPENDENCIA DE LAS CLÁUSULAS
Si alguna de las estipulaciones de las presentes CGV fuera anulada o declarada inaplicable por un tribunal competente, dicha nulidad no implicaría la nulidad de las demás cláusulas, que seguirán vigentes entre las partes.
ARTÍCULO 14 – LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
14.1. Ley aplicable. Las presentes Condiciones Generales y las operaciones que de ellas se derivan se rigen exclusivamente por el Derecho marroquí.
14.2. Cláusula de atribución de jurisdicción. En caso de litigio surgido con ocasión de la interpretación o de la ejecución de las presentes, las partes procurarán encontrar una solución amistosa. A falta de acuerdo amistoso en un periodo de treinta días, el litigio se someterá a la competencia exclusiva del TRIBUNAL DE COMERCIO DE AGADIR, aun en caso de pluralidad de demandados, llamamiento en garantía o procedimiento de urgencia.












































